Subdirección de Control de Personal -

Información del puesto

I. Acordar con la persona Titular de la Dirección de Área o su superior jerárquico inmediato al que estén adscritos, según corresponda en términos del dictamen de estructura, el trámite y resolución de los asuntos de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo.

II. Participar, según corresponda, con la persona Titular de la Subdirección de Área o su superior jerárquico inmediato, en la dirección, control y evaluación de las funciones de las Unidades de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo.

III. Vigilar y supervisar las labores del capital humano de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, que les correspondan, en términos de los planes y programas que establezca la persona Titular de la Unidad Administrativa correspondiente.

 IV. Dirigir, controlar y supervisar al capital humano de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo respectivas, en términos de los lineamientos que establezca la persona superior jerárquica o la persona Titular de la Dependencia o del Órgano Desconcentrado.

V. Decidir sobre la distribución de las cargas de trabajo de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les estén adscritas, para su mejor desempeño, conforme a los lineamientos que establezca la persona superior jerárquica o la persona Titular de la Dependencia o del Órgano Desconcentrado.

VI. Llevar el control, administración y gestión de los asuntos que le sean asignados conforme al ámbito de atribuciones; VII. Preparar y revisar, en su caso, conforme al ámbito de sus atribuciones, la documentación que deba suscribir la persona superior jerárquica.

VIII. Informar sobre el desarrollo de las labores del capital humano a su cargo en los términos que les solicite su superior jerárquico.

IX. Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por las y los Titulares de la Dirección de Área, de la Unidad Administrativa o de la Dependencia, o del Órgano Desconcentrado a la que estén adscritos.

X. Acordar, ejecutar y controlar los asuntos relativos al personal técnico-operativo a su cargo, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

XI. Participar en la coordinación y vigilancia de las prestaciones de carácter social y cultural, así como las actividades de capacitación del capital humano a su cargo, de acuerdo con las normas y principios establecidos por la autoridad competente.

XII. Proponer programas de excelencia y calidad, tendientes a incrementar la productividad y mejorar la calidad de vida en el trabajo de su unidad.

XIII. Formular, cuando así proceda, proyectos de planes y programas de trabajo de su unidad y demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, considerando las necesidades y expectativas de los Ciudadanos y la mejora de los sistemas de atención al público.

XIV. Tener trato con el público, exclusivamente cuando por las funciones de su unidad deban hacerlo.

XV. Ejercer sus atribuciones coordinadamente con las demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo para el mejor despacho de los asuntos de su competencia.

XVI. Las demás atribuciones que les sean conferidas por sus superiores jerárquicos conforme a las funciones de la unidad administrativa a su cargo.

Verificar que el proceso de aplicación de los movimientos de personal se opere de acuerdo a la normatividad establecida por las instancias competentes.

Verificar que los pagos reflejen la aplicación de los movimientos y contrataciones.

Verificar que se cumpla con el otorgamiento de las prestaciones económicas y sociales, que corresponden a los servidores públicos, conforme a las Condiciones Generales de Trabajo y demás disposiciones aplicables.

  • Supervisar que los expedientes del personal se integren con la documentación establecida de acuerdo a la normatividad emitida por las instancias correspondientes.
  • Supervisar la aplicación de los movimientos del personal de las unidades administrativas que integran al Sistema de Aguas de la Ciudad de México.
  • Elaborar la integración del programa de prestadores de servicios por honorarios asimilables a salarios para el ejercicio fiscal vigente.
  • Supervisar la integración documental que permita el registro de los movimientos de personal ante las instancias de seguridad social.
  • Validar el proyecto de presupuesto del Capítulo 1000 “Servicios Personales”.
  • Verificar y supervisar la comprobación de los pagos al personal y prestadores de servicios se realicen conforme a lo tiempos establecidos.
  • Dar seguimiento a la solicitud de suficiencia presupuestal para los trámites de pago de las nóminas del personal técnico operativo, de los programas de estabilidad laboral, prestadores de servicio y estructura y sus prestaciones económicas.
  • Supervisar que las prestaciones a las que tienen derecho los servidores públicos se realicen conforme a los tiempos establecidos y a la normatividad vigente.
  • Supervisar el trámite de formato de consentimiento para ser asegurado y designación de beneficiarios del seguro institucional.
  • Supervisar los descuentos a los trabajadores que cotizan al ISSSTE para incrementar el abono al saldo de retiro en sus cuentas individuales (ahorro solidario).