Subdirección de Atención a Grandes Usuarios -
Información del puesto
Artículo 237.- A las personas Titulares de las Subdirecciones de las Unidades Administrativas, corresponde: I. Acordar con la persona Titular de la Dirección de Área o su superior jerárquico inmediato al que estén adscritos, según corresponda en términos del dictamen de estructura, el trámite y resolución de los asuntos de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;
II. Participar, según corresponda, con la persona Titular de la Subdirección de Área o su superior jerárquico inmediato, en la dirección, control y evaluación de las funciones de las Unidades de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;
III. Vigilar y supervisar las labores del capital humano de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, que les correspondan, en términos de los planes y programas que establezca la persona Titular de la Unidad Administrativa correspondiente;
IV. Dirigir, controlar y supervisar al capital humano de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo respectivas, en términos de los lineamientos que establezca la persona superior jerárquica o la persona Titular de la Dependencia o del Órgano Desconcentrado;
V. Decidir sobre la distribución de las cargas de trabajo de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les estén adscritas, para su mejor desempeño, conforme a los lineamientos que establezca la persona superior jerárquica o la persona Titular de la Dependencia o del Órgano Desconcentrado;
VI. Llevar el control, administración y gestión de los asuntos que le sean asignados conforme al ámbito de atribuciones;
VII. Preparar y revisar, en su caso, conforme al ámbito de sus atribuciones, la documentación que deba suscribir la persona superior jerárquica;
VIII. Informar sobre el desarrollo de las labores del capital humano a su cargo en los términos que les solicite su superior jerárquico;
IX. Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por las y los Titulares de la Dirección de Área, de la Unidad Administrativa o de la Dependencia, o del Órgano Desconcentrado a la que estén adscritos;
X. Acordar, ejecutar y controlar los asuntos relativos al personal técnico-operativo a su cargo, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XI. Participar en la coordinación y vigilancia de las prestaciones de carácter social y cultural, así como las actividades de capacitación del capital humano a su cargo, de acuerdo con las normas y principios establecidos por la autoridad competente;
XII. Proponer programas de excelencia y calidad, tendientes a incrementar la productividad y mejorar la calidad de vida en el trabajo de su unidad;
XIII. Formular, cuando así proceda, proyectos de planes y programas de trabajo de su unidad y demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, considerando las necesidades y expectativas de los Ciudadanos y la mejora de los sistemas de atención al público;
XIV. Tener trato con el público, exclusivamente cuando por las funciones de su unidad deban hacerlo;
XV. Ejercer sus atribuciones coordinadamente con las demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo para el mejor despacho de los asuntos de su competencia, y XVI. Las demás atribuciones que les sean conferidas por sus superiores jerárquicos conforme a las funciones de la unidad administrativa a su cargo.
- Llevar a cabo de manera eficiente el desarrollo de estrategias de asistencia y programación para la atención a los Grandes Usuarios y a los Grupos Corporativos Privados y Públicos, que propicien el incremento de la recaudación fiscal de los Derechos por el Suministro de Agua Potable y de Descarga a la Red de Drenaje.
- Elaborar oportunamente las estrategias de asistencia y programación necesarias para la atención a los Grandes Usuarios y los Grupos Corporativos Privados y Públicos, para garantizar el incremento de la recaudación fiscal de los Derechos por el Suministro de Agua Potable y de Descarga a la Red de Drenaje.
- Organizar actividades de coordinación para proporcionar la información y/o documentación en forma requerida, por las áreas internas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, y de Entidades Públicas y Privadas; relacionadas con adeudos, estados informativos, cumplimientos de sentencia, entre otros.
- Coordinar la supervisión de la atención a los Grandes Usuarios y Grupos Corporativos Privados y Públicos, para que la reciban en tiempo y forma, mediante la implantación del instructivo de supervisión y procedimientos administrativos y operativos.
- Definir las acciones para integrar la planeación, seguimiento y supervisión a la atención a los Grandes Usuarios y los Grupos Corporativos Privados y Públicos, para que la reciban en tiempo y forma.