Gerencia General de Coordinación Institucional y Concertación Ciudadana -

Información del puesto

I. Elaborar para someter a la consideración del Consejo Directivo, la ejecución del Programa de Gestión Integral de los Recursos Hídricos, como instrumento rector de la política hídrica, con visión de cuenca y coordinación metropolitana;

II. Vigilar la correcta prestación de los servicios hidráulicos y los procesos de tratamiento y reúso de aguas residuales, coordinándose en su caso con las Alcaldías, en los términos previstos en el Programa de Gestión Integral de los Recursos Hídricos;

III. Analizar la integración adecuada del padrón de usuarios del servicio público a su cargo;

IV. Analizar los criterios que la Secretaría incluya en las normas ambientales para la Ciudad de México en materia de manejo integral de los recursos hídricos, de prestación de servicios hidráulicos y el tratamiento y reúso de aguas residuales, con la participación que corresponda a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos;

V. Colaborar en la determinación de los montos relativos al cobro de derechos de los servicios hidráulicos previstos en las leyes aplicables, así como en los programas de financiamiento, inversión y de endeudamiento para proyectos de construcción, conservación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica;

VI. Intervenir en las acciones que se requieran en materia de tratamiento obligatorio de aguas residuales y el manejo de lodos, a las personas físicas o morales que utilicen y contaminen el agua con motivo de los procesos industriales, comerciales o de servicios que realicen;

VII. Coordinar las acciones que se realicen en materia de suspensión o restricción de los servicios hidráulicos a inmuebles y tomas conforme a las disposiciones establecidas en la Ley y el Código Fiscal de la Ciudad de México;

VIII. Organizar la aplicación de política de extracción de las fuentes de abastecimientos y recarga de acuíferos, así como del uso y explotación de pozos particulares, expedidas por la autoridad competente;

IX. Colaborar en el establecimiento de los criterios técnicos para la prestación de servicios hidráulicos por las Alcaldías y propiciar la coordinación entre los programas sectorial y de las Alcaldías, atendiendo tanto a las políticas de gobierno como a las disponibilidades presupuestales;

X. Coadyuvar en la promoción para la sustitución del agua potable por agua tratada en cualquier actividad, incluyendo la agropecuaria; 

XI. Apoyar las acciones para la ejecución de programas urbanos de drenaje y evacuación de las aguas pluviales;

XII. Coordinar las acciones que se realicen para proyectar, ejecutar y supervisar las obras hidráulicas necesarias, así como colaborar en la atención de las inundaciones, hundimientos y movimientos de suelo cuando su origen sea hidráulico;

XIII. Coordinar las acciones que se lleven a cabo para la construcción de presas de captación y almacenamiento de agua pluvial, así como colectores marginales a lo largo de las barrancas y cauces para la captación de agua;

XIV. Coordinar las acciones que se realicen para evitar el azolve de la red de alcantarillado y rescatar, sanear, proteger y construir las instalaciones para aprovechar las aguas de los manantiales y pluviales que circulan por barrancas y cauces naturales;

XV. Coadyuvar en la promoción de campañas periódicas e instrumentos de participación Ciudadana, el uso eficiente del agua y su conservación en todas las fases del ciclo hidrológico, e impulsar una cultura del agua que considere a este elemento como un recurso vital, escaso, finito y vulnerable, mediante la educación ambiental; así como programar, estudiar y realizar acciones para el aprovechamiento racional del agua y la conservación de su calidad;

XVI. Contribuir en la promoción de campañas de toma de conciencia para crear en la población una cultura de uso racional del agua y su preservación;

XVII. Suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos y administrativos dentro del ámbito de su competencia, así como los documentos necesarios para revocarlos, suspenderlos o terminarlos con apego a la normatividad aplicable, previa opinión de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos;

XVIII. Substanciar y resolver los procedimientos de rescisión administrativa de los contratos de su competencia;

XIX. Expedir y certificar copias de los documentos que obren en sus archivos; y

XX. Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.