Dirección de Operación y Servicios -
Información del puesto
Artículo 236.- A las personas titulares de las Direcciones de Área de las Unidades Administrativas, corresponde:
I. Acordar con la persona Titular de la Unidad Administrativa a la que estén adscritos los asuntos de su competencia;
II. Supervisar la correcta y oportuna ejecución de recursos económicos y materiales de las Unidades de Apoyo Técnico-Operativo que les correspondan conforme al dictamen de estructura respectivo;
III. Desempeñar los encargos o comisiones oficiales que las personas titulares de la Dependencia o de la Unidad Administrativa o del Órgano Desconcentrado correspondiente les asignen, manteniéndoles informadas sobre su desarrollo;
IV. Participar en la planeación, programación, organización, dirección, control y evaluación de las funciones de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo correspondientes;
V. Dirigir, controlar, evaluar y supervisar al capital humano de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les correspondan, en términos de los lineamientos que establezcan la persona Titular de la Dependencia o del Órgano Desconcentrado o superior jerárquica;
VI. Decidir sobre la distribución de las cargas de trabajo de las Unidades Administrativas de Apoyo TécnicoOperativo respectivas, para su mejor desempeño, en términos de los lineamientos que establezca la persona Titular de la Dependencia o del Órgano Desconcentrado o superior jerárquica;
VII. Llevar el control, administración y gestión de los asuntos que les sean asignados conforme al ámbito de atribuciones;
VIII. Preparar y revisar, en su caso, conforme al ámbito de sus atribuciones, la documentación que deba suscribir superior jerárquico;
IX. Informar sobre el desarrollo de las labores del capital humano a su cargo en los términos que les solicite su superior jerárquico;
X. Proponer normas y procedimientos administrativos para el funcionamiento de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les correspondan;
XI. Coadyuvar con la persona Titular de la Unidad Administrativa correspondiente, en la atención de los asuntos de su competencia;
XII. Vigilar que se cumplan las disposiciones legales y administrativas en los asuntos de la competencia de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo respectivas y coordinar el adecuado desempeño de sus funciones;
XIII. Acordar con las personas Titulares de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellas adscritas el trámite, atención y despacho de los asuntos competencia de éstas; XIV. Someter a la consideración de la persona Titular de la Unidad Administrativa que corresponda, sus propuestas de organización, programas y presupuesto de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellas adscritas;
XV. Tener trato con el público, exclusivamente cuando por las funciones de su unidad deban hacerlo;
XVI. Conocer y observar las disposiciones que regulan las relaciones con el capital humano adscrito directamente a su unidad, y
XVII. Las demás atribuciones que las personas Titulares de la Dependencia o del Órgano Desconcentrado, de la Unidad Administrativa les asignen, conforme a la normativa aplicable.
•Atender los programas y proyectos asignados por parte de la Gerencia General de Coordinación Institucional de Operación y Servicios; así como realizar y proponer las actividades para mejorar la prestación de los servicios y la operación.
•Colaborar en las acciones destinadas a garantizar la atención de las demandas ciudadanas, así como el seguimiento de los proyectos propuestos por la Jefatura de Gobierno en materia hídrica.
•Contribuir en la ejecución oportuna de los proyectos propuestos por la Jefatura de Gobierno a cargo del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.
•Atender las solicitudes para proporcionar los servicios públicos a cargo del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.
•Canalizar a las distintas áreas que conforman al Sistema de Aguas de la Ciudad de México los proyectos que resulten de su competencia y darles seguimiento.
•Coordinar con las distintas áreas que conforman el Sistema de Aguas de la Ciudad de México actividades inherentes a las demandas ciudadanas a los servicios públicos que brinda el Sistema de Aguas de la Ciudad de México y a los proyectos de la Jefatura de Gobierno.
•Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, y aquellos que le sean señalados por delegación, o le correspondan por suplencia, y las demás funciones que se deriven de las normas y disposiciones legales aplicables.